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20 de agosto de 2014

Nuevo Proyecto y mayor incertidumbre

Como Argentina es todo menos aburrido, nuestra Presidente nuevamente nos sorprendió con un nuevo anuncio. Elevó al Congreso Nacional un Proyecto de Ley para cambiar el domicilio de pago (para algunos, jurisdicción) de los bonos performing, pensando en los cupones de los bonos Discount incumplidos a causa del fallo y en el pago del cupón de los bonos Par que se viene en setiembre. El proyecto habilita al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas para arbitrar los medios necesarios de tamaña empresa y designa a Nación Fideicomisos como nuevo trustee borrando de un plumazo al Bank of New York Mellon. Si, así como lo escucha, Nación Fideicomisos. Además el proyecto deja la puerta abierta para estructurar un nuevo canje bajo jurisdicción local en caso de recibir pedidos de cambio de jurisdicción y ley aplicable de parte de tenedores de bonos ley extranjera (Reverse Inquiry). Esto último no es menor dado que otorga carácter de VOLUNTARIO al mismo.

Ni lerdo ni perezoso el gobierno “asoció” al congreso y al arco opositor en esta impericia de proporciones épicas. Claramente ahora los obliga a tomar posición, embretándolos en una decisión que tanto sea negativa como positiva respecto del voto al proyecto, igualmente tendrán que explicar.

Las implicancias de este nuevo giro son enormes y las posibles consecuencias negativas también, aunque todo queda por ahora en el terreno de las especulaciones, lo cual eleva la incertidumbre en una economía que no tiene respiro. Disculpas mediante, a continuación solo presentaré las dudas que por estos momentos no solo tengo yo, sino muchos de los especialistas con quienes estuve y estoy en contacto permanente. Esta mañana tuiteaba: “Increíble, arreglaron todo a billetazos y en el sprint final les agarró la “culpa”. Ahora en el medio del río queriendo hacer control de daños”. Realmente no me dejo de asombrar. Arreglar con Holdouts (buitres incluidos) nos cuesta aproximadamente USD 10.500 milllones. Similares montos que el arreglo con Repsol y Club de París. Call me naif; pero no hubiera sido mejor morderse la bronca por un mal fallo, anunciar ahora un pago a buitres en enero cuando vencen RUFO, mientras ordenás cuestiones legales y administrativas? Si, no soy tan ingenuo, sé que el tema se ha politizado en demasía, pero mi testarudez me sigue trayendo la pregunta a la mente. Es que francamente no logro encontrar ni una gota de lógica entre este escenario, que es el mal menor, y el brutal abanico de posibilidades que se abre ahora.

Vamos entonces a las preguntas, que por supuesto solo dejaré planteadas, dado que sería un ejercicio de especulación extrema intentar responderlas.
  • El no acatamiento del fallo podría traer aparejado un desacato. Especialistas dicen que es imposible librar una orden de desacato contra un soberano. No lo sé. De todas formas la pregunta a contestar es; tendremos prohibido por un buen tiempo la opción de emitir bajo legislación New York? Recordemos que es por lejos la plaza más eficiente del globo.
  • Desafectamos al BONY y nombramos a Nación Fideicomisos. No está claro que esta entidad cumpla con las condiciones exigidas en el Indenture como fiduciario y pagador. Además; acaso no podría presentar un claro conflictos de intereses? El fiduciario como juez y parte? Por otro lado se supone que los tenedores que no están cobrando, accederán a hacerse de los dólares independientemente de la entidad pagadora. Pero tampoco esta claro dadas las cuestiones legales involucradas.
  • No está para nada claro cuáles serán las objeciones, si las hubiera, de la cámara compensadora DTC en cuanto a las garantías en la logística de pago, tanto desde el punto de vista legal como administrativo.
  • Supongamos que finalmente se abre el canje local. Que sucedería con los Fondos de Pensión americanos tenedores de bonos performing que no pueden (aunque quisieran) debido a disposiciones de calidad de la cartera, etc., aceptar otra jurisdicción que no sea New York? Esto podría incentivar un sell off de bonos por un lado, pero también posibles aceleraciones?
  • Es posible que el gobierno nacional este intentando hacer control de daños ofreciendo esta opción para evitar futuras aceleraciones de la deuda. En definitiva se está ofreciendo una opción que antes no estaba. Sin embargo una cosa es nuestra propia óptica sobre como analizar el contexto y otra muy diferente es ponerse en lugar de estos pibes para imaginar cómo piensan. El punto es, qué valor otorgarán a la opción? Si fuera bajo, entonces uno podría descontar un posible fracaso del canje. En ese caso, no se estaría incentivando también mayor aceleración? Y si así fuera, no crearía más Holdouts?
  • Y qué tal si el mercado descontaba un arreglo para enero del 2015 y por eso sostenía el precio de los activos argentinos y con esta señal desatás un fuerte colapso?

La verdad es que me surgen cantidades industriales de preguntas sin ninguna respuesta plausible. Este mismo nivel de incertidumbre tienen los agentes y el mercado, y nada bueno sale de eso. Puede que con el correr de las horas algunas sean contestadas. De momento el que está contestando es el mercado cambiario. Mayor gradualismo devaluatorio en esta pseudo flotación administrada de una sola dirección, hacia arriba. El dólar oficial subió hoy 3 centavos. También hay fuerte suba del contado con liquidación y del dólar MEP como consecuencia de la dolarización de carteras. Los ADR´S cayeron fuerte en New York. YPF -2,27%, EDN -6,83%, GGAL -4,21%, BMA -2,58%. Esto es solo el comienzo.

19 de agosto de 2014

La economía de panel

El economista y Phd argentino Germán Fermo decía en un post, entre otras muy interesantes cosas: “Observando lo que se escucha y se lee en los medios, resulta evidente que la discusión sobre el nuevo default de Argentina perdió completamente su foco concentrándose exclusivamente en la coyuntura y desestimando el largo plazo”….“Lo que pretendo es que todos los argentinos tengamos en cuenta las enormes implicancias positivas que una salida del default representaría para el país en los próximos diez años..”

En rigor, se hace imposible no citarlo, dada la contundencia de su planteo. Azorados asistimos a discusiones de panel donde nuevamente ponemos el carro antes del caballo banalizando los posibles escenarios según sea: 1- solución y salida del default a partir del 01-01-2015 o 2- default largo mostrando a una economía donde las restricciones operarán a toda máquina. Inaudito es que a medida que transcurren los días “corremos vista” y “dejamos pasar” el tema BISAGRA de la economía argentina; Default. Mientras los medios se benefician porque abundan los temas a tratar, la economía real y la gente de a pié se perjudica. Curioso es ver como ciertos profesionales que “comulgan” con el actual sistema económico, ponen play a la recorrida mediática sosteniendo argumentos en la nube, despojados de toda realidad, sobre-utilizando viejos latiguillos que ya han perdido toda congruencia, suponiendo que alguna vez la tuvieron.

Ya ni siquiera importa caer en errores comunes, confundiendo causalidad con correlación, a los fines de cerrar una idea completamente inconsistente pero contundente desde el punto de vista mediático. Con toda humildad, acá les dejo algún argumento fiel al discurso oficial de RATIONAL DEFAULT, con análisis objetivos por momentos, que les podrían asegurar un marco de consistencia del cual adolecen. Deseable sería que lo memoricen y lo reciten luego en la recorrida de medios semanal. 

Cierto es que no parece muy humilde el párrafo anterior. Lo siento, pero es lo único que me queda luego de tanta locura.

Es casi un sin sentido discutir si el deterioro se acelerará y chocaremos a 200km/h, o lo haremos a 160. Nadie en esta economía tiene la capacidad para hacer un control de daños tan fino. Por el contrario, si hubiera una señal de arreglo ahora sobre el tema Holdouts a partir de 01-01-2015 y salida del default selectivo, sí se torna relevante analizar como capearemos esta tormenta de cinco meses. No terminar de chocar la calesita se convertiría entonces en un asunto de vital importancia, conforme una salida del default posterior nos permita soñar con algunos dólares financieros que podamos rapiñar de los mercados internacionales y que ayuden a romper este círculo vicioso, aliviando la restricción del sector externo.

Veamos, títulos argentinos que se habían animado a mostrar yields en torno al 9%, nuevamente volvieron a superar el 12%. ADR´s insinuaron, luego del feriado último, pantallas verdes en New York en un corto rebote del gato muerto, puesto que el día 19/08, YPF retrocedió 1,67%, TGS 2,45%, BMA 1,71% y EDN 1,81% (a las 15:45 GMT). Igualmente, los activos argentinos no reflejan precios de default gritan algunos, como si a los mercados les importara la economía real. Los mercados no son tontos, entienden las raíces de este default selectivo y pricean todavía un posible arreglo. Pero conforme el deterioro gane gamma y ninguna claridad se vea al final del túnel, no les temblará el pulso para reflejar nuevas condiciones. Sorprende esta actitud demencial de discutir cuanta nafta le queda a un coche que está a punto de fundirse y desparramar bielas hacia los cuatro puntos cardinales. Acaso, en esta vorágine, hemos perdido cualquier atisbo de cordura.

El cuento es este. El mercado de futuros vuelve a mostrar crecientes expectativas de devaluación, en tanto veremos a un BCRA más activo vendiendo futuros de dólar intentando “manejar” la tasa implícita. Mientras tanto, en una increíble maniobra procíclica, promovió una reducción de 100pb en la anterior licitación de letras en pleno proceso de presión cambiaria. No lo entendieron ni en Japón. Parece que Fabrega tomó cuenta del error y volvió a subirla 100bp en el tramo más corto de la última renovación. De todas formas las entidades financieras continúan muy líquidas y cómodas prestando al Central, por lo que reducen tasa activa, racionan crédito por riesgo y pagan 19,5% a un plazo fijo promedio contra una tasa anual de inflación del 40%. 20 pct de interés real negativo. Todo un premio al ahorro. Obviamente los pesos que salen del sistema por tercer mes consecutivo en torno al 6%, presionan al dólar paralelo por un lado, y por otro, plazos fijos grandes, buscan dolarizarse y como consecuencia sube el dólar MEP y el contado con liquidación. Es el típico proceso donde los agentes intentan cubrirse ante el aumento de la incertidumbre.

Por el lado real el gobierno nacional elevó la tasa de crecimiento del gasto público hasta la friolera del 55% interanual (junio 2013 – junio 1014). Contra un déficit fiscal que, bien medido, supera ampliamente el 5% del PBI, el financista estrella deberá imprimir a todo vapor para salir al cruce de tamaña brecha. A este ritmo con $ 160.000 milllones nos quedamos cortos. Presionar sobre las importaciones y no soltar dólares productivos con la consiguiente caída del nivel de empleo, es solo una parte del ajuste recesivo que ya se está implementando. El ritmo de emisión y caída de reservas netas que el segundo semestre depara hará el resto, presionando con dureza sobre el tipo de cambio nominal. Para que se entienda. Incluso el trade off entre recesión y menor tensión cambiaria puede convertirse en un mito donde coexistan con más fuerza los dos escenarios: recesión, aumento de gasto público, mayor emisión monetaria, preferencia por el dólar, caída de reservas, inflación en ascenso, devaluación. La trampa de liquidez vernácula. Una “historia” de manual mientras a nivel MaKro ni se mosquean y tuitean alegremente posible PBI para 2014 desafiando una compulsa que, de continuar las actuales condiciones, no tiene final feliz posible. A ver quién tiene razón a fin de año, se ufana la estrella, mostrando un miserable +1% para el 2014.

Está muy claro que sin dólares financieros, provenientes de una salida del default, no podemos empezar a ver una tenue luz al final del túnel. Si seguimos así, la única luz que veremos es la del tren de frente.

5 de agosto de 2014

La saga holdouts y el interminable problema argentino.

Tanto en ambientes académicos como profesionales pocos dudan que la interpretación del Juez Griesa del pari passu, cláusula casi “de forma” o una especie de ornamentación introducida en los contratos de reestructuración de deuda soberana en general y de los bonos argentinos canjeados en 2005 y 2010 en particular, ha sido muy exagerada, sacada de la galera, por no decir “no ajustada a derecho”. Recomendable es leer a Anna Gelpern, reconocida especialista en estos temas, de la American University. Esta interpretación es la que finalmente dispara el fallo a favor de NML Capital, donde además Griesa agrega “…lo que estamos haciendo acá no es literalmente hacer cumplir la pari passu, como se haría en una situación comercial normal, sino proveer un remedio para la violación de esta cláusula que hizo la Argentina”. Como toda cláusula arcaica, perduró en la jerga rutinaria sin tener un entendimiento claro. La interpretación más aceptada por consenso es la de ser un seguro contra la subordinación involuntaria. Esto es, un intento por evitar que un deudor que emite nueva deuda otorgue un trato diferencial a los nuevos acreedores en detrimento de los viejos. Difícilmente podría ser interpretada como: la obligación de pagar a acreedores que no aceptaron el canje de la misma forma que a los performing, prorrateando el pago en proporción a las tenencias.

Al no existir un régimen explícito y definido de quiebras de soberanos como sí existe en el derecho comercial privado, claramente este tipo de fallos puede sentar precedentes y atentar contra futuras reestructuraciones de deuda sometidas a la jurisdicción de New York. Por este motivo los países emisores de deuda buscaron blindarse a través de la introducción de Cláusulas de Acción Colectivas (CAC), evitando dejar librado el éxito de potenciales reestructuraciones a la buena voluntad de un grupo reducido de acreedores. Así, con un 75% de consentimiento, todos deben aceptar. Los bonos nuevos del canje 2005 - 2010 ley extranjera las incorporan, pero no los viejos títulos canjeados.

Ahora bien, mal que le pese al país, el juicio se perdió y por lo tanto ahora corresponde arreglar en términos de la sentencia o por el contrario permanecer en una especie de limbo en el sistema financiero internacional. Argentina, por razones técnicas o políticas, manifiesta que no puede acatar el fallo dado que estaría violando las cláusulas R.U.F.O (Rights Upon Future Offers) introducidas en los canjes 2005/10, que obliga a igualar al resto de los acreedores ante cualquier oferta voluntaria de mejora a futuro sobre un acreedor en particular. Como si esto no fuera poco, el congreso sancionó una estructura de tres leyes que regulan la reestructuración de deuda, casi quemando las naves para opciones de salida.  La 26.017 (sancionada en 2005, conocida como “ley cerrojo”, que prohibía al Estado cualquier tipo de negociación con los holdouts) y la 26.547 (2009) y 26.886 (2013), que en los hechos flexibilizaron el cerrojo porque extienden la prohibición hasta que se declare terminado el periodo de reestructuración. Griesa manifiesta que, bajo la sentencia, no existe probabilidad que dicha cláusula se gatille. Y así estamos, en un claro contexto de teoría de los juegos bajo información imperfecta.

Si RUFO es una causa y no una excusa, muchos nos preguntamos por qué no ir por un waiver de la misma a través de un depósito en garantía por ejemplo, modificar la Ley 26.886 en el Congreso Nacional y ofrecer un pago en bonos. Otra alternativa podría ser proponer un cambio en los términos no financieros de los contratos del canje, para lo cual se necesita el consentimiento del 85% de los tenedores más el 66,6% de cada serie, si se quiere eliminar de todas las series. No es una tarea fácil, sin embargo, en principio podría tratarse de un trámite administrativo que sería iniciado por el Banco Pagador designado (BONY), si los acreedores se lo solicitaran.

Simplificando, a riesgo de ser naif, todas las especulaciones se consolidan en una: si el Juez reinstalara el stay (medida de no innovar) hasta el 01-01-2015, Argentina no tendría más excusas para evitar el pago, puesto que en esa fecha vencen las cláusulas RUFO. Todo pedido de reinstalación de stay debe ir acompañado de señales acordes con la acción. Pero Argentina no ha obrado en esa dirección. Por qué? No tengo la respuesta. Es difícil pensar que alguien tendrá confianza en los argumentos esgrimidos si se dan señales contradictorias al respecto. Por un lado pedimos stay y por otro agitamos desde la tribuna. Esto ciertamente ha hecho Argentina. En definitiva todo se reduce a un problema de signalling. Es por este motivo que la deducción simple y lineal que se hace es que no existe voluntad de pago de la sentencia a favor de los demandantes. Es por este motivo también que no existe confianza por parte del Juez y/o de los demandantes para una reimposición del stay.

Es el fallo una exageración de la interpretación Pari Passu? La mayoría de la evidencia indica que sí. Sin embargo la Corte Suprema de los EE.UU se negó a tomar el caso y la sentencia quedó firme. Argentina aceptó someterse a la jurisdicción de New York, puesto que supuestamente brinda la mayor seguridad jurídica y el mejor costo/beneficio en términos del éxito de la operación de reestructuración, pero ahora no está dispuesta a acatar lo que la justicia neoyorquina dice. Estos son los hechos, más allá de las especulaciones, los buitres y las dudosas capacidades del Juez. La paradoja persiste.

Cuál es la situación de Argentina ahora?

Standard & Poor´s, Fitch Ratings y Dagong han hecho un downgrade de la deuda soberana argentina bajo legislación extranjera desde CCC- a SD (Default selectivo). El E.M.T.A (Emerging Market Trading Association) recomendó tradear flat el bono Discount por el cual se vincula el evento de incumplimiento, régimen que también alcanza a otros bonos como el Par o el Global 2017 bajo legislación neoyorquina. Esto significa que en el valor de los títulos deberá incluirse el cupón vencido (como es el caso del Discount) más los intereses acumulados hasta la fecha de transacción.

El comité de decisión del I.S.D.A (International Swaps and Derivatives Association), a través de la unanimidad de sus quince miembros, declaró que el incumplimiento del pago del cupón del bono Discount es un hecho objetivo. Esto originó la activación de los Credit Default Swaps (CDS), que solo es un problema entre privados. De todas formas este punto no parece estar desligado de otro término que por estos días será clave para el futuro de Argentina; aceleración. Efectivamente los acreedores estarán en condiciones legales de acelerar la deuda de manera de exigir el pago cash o en un corto plazo. Los bonos Discount cotizan al 85% de paridad, por lo cual el incentivo a acelerar sería mucho menor que los tenedores de bonos Par que cotizan al 50%. Para que estos últimos puedan acelerar, se debe gatillar el evento de cross default. Deberán reunir entonces un 25% de la serie específica, suponiendo claro está que Argentina pagaría, y que no pudo “curar” dicha aceleración en el período posterior. El incentivo técnico es claro, sin embargo no existe ninguna seguridad de cómo podría actuar Argentina en esas condiciones. En todo caso, si el resultado fuera negativo para estos tenedores, todavía tendrían la esperanza de una “apreciación” de los títulos ante un nuevo canje local por parte del país.

Ahora bien, quién contrató cobertura con CDS tiene el derecho a percibir un pago según esta fórmula: Nocional x (1- tasa de recupero). Esta tasa de recupero o recovery rate es determinada en base a una subasta (auction) donde solo los títulos performing con ley extranjera, que a la fecha de la subasta hubieran producido el evento de incumplimiento, pueden entrar. Pero que sucedería si un evento de cross default gatillara antes, como bien señala el economista y Phd argentino Germán Fermo? Serían entonces los bonos PAR elegibles para determinar el recovery rate? Si este fuera el caso, no habría incentivos para tirar abajo su cotización, disminuyendo la tasa de recupero y aumentando el payoff por los CDS contratados?

La idea de exponer las posibilidades anteriores tiene como objetivo mostrar que no se deben subestimar las consecuencias de un evento de default, por más selectivo que sea. Y todavía no tomamos en cuenta las consecuencias socio-económicas que una demora en solucionar este tema podrían acarrear. Por lo pronto agravaría las malas condiciones económicas pre-existentes. Aumento del gasto público y mayor emisión monetaria para financiarlo, aumento de la tasa de inflación y con ello pérdida del salario real. La consecuencia es recesión en alza y nuevas expectativas de devaluación. El círculo vicioso sería difícil de romper, puesto que sin posibilidad de volver a los mercados internacionales de deuda, la restricción externa se agravaría. El gobierno nacional asegura que este es un evento transitorio de corto plazo. De momento, se ve un nuevo gradualismo devaluatorio en la cotización del dólar oficial.